ESPAÑA PERMITIRÁ EL INGRESO A EXTRANJEROS VACUNADOS

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Los viajeros argentinos tendrán que presentar documentación que avale la aplicación completa de alguna de las dosis aprobadas en Europa o autorizadas por la OMS.

ESPAÑA INGRESO A EXTRANJEROS

Desde este lunes España permitirá la entrada al país a los extranjeros que acrediten estar inmunizados con el esquema completo de alguna de las vacunas contra el coronavirus autorizadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) o respaldadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Ellas son las de Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, autorizadas por la EMA, o las chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac, con aval de la OMS.

Los viajeros deberán acreditar además que la última dosis fue aplicada al menos 14 días antes de la entrada al país. Los nuevos requisitos fueron precisados en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las nuevas resoluciones se conocieron cuando la Unión Europea está desarrollando el marco para la emisión, verificación y aceptación de certificados de vacunación, pruebas diagnósticas y recuperación, para facilitar la libre circulación entre estados miembros durante la pandemia. Para ello proyecta crear un certificado digital.

En tanto, los pasajeros que lleguen a España deberán completar antes del viaje un formulario de control sanitario a través de la web o la aplicación Spain Travel Health.

Sin embargo, no podrán entrar en España los viajeros procedentes de Brasil, India y Sudáfrica ante la alta incidencia de las variantes de coronavirus surgidas en esos países.

Por otra parte, se permitirá la entrada en frontera a estudiantes que realicen sus estudios en los estados miembros o estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración.

Las pruebas PCR

La normativa que entra en vigor este lunes tiene como novedad que admitirá las pruebas de antígenos rápidas aprobadas por la Unión Europea (UE) como certificado de diagnóstico, junto con las PCR, hasta ahora las únicas aceptadas.

Las pruebas diagnósticas de infección para SARS-CoV-2 admitidas serán las de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), utilizadas para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN), y los test de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para la COVID-19, publicada por la Comisión Europea.

Se aceptarán como válidos los certificados con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España y respecto a los certificados de recuperación, la validez finalizará a los 180 días de la toma de la muestra.

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