El régimen comprenderá las deudas exteriorizadas o no, exigibles hasta el periodo inmediato anterior a la fecha de acogimiento, proveniente de liquidaciones y determinación de las mismas, anticipo y/o pagos a cuenta aún cuando se encuentren intimadas bajo verificación y fiscalización o incluidas en planes de facilidades de pagos anteriores, siempre que no hayan caducado.
El titular del organismo, Emilio Moreno, sostuvo que “este importante beneficio ofrece abonar las deudas en hasta 60 cuotas con muy bajo interés. Además, pagando en efectivo, se condonan la totalidad de los intereses y multas. De esta manera, el municipio ofrece condiciones más propicias para el contribuyente que busca regularizar su situación», expresó.